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	<title>marcis / blog &#187; internet</title>
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	<description>Desarrollo Web</description>
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		<title>Contra-Guía para el buen uso de Internet</title>
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		<pubDate>Sat, 30 Apr 2011 05:28:23 +0000</pubDate>
		<dc:creator>marcis</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La SGAE y compañía, amparados por el Ministerio de ¿Cultura?, publicaron hace poco &#8220;Música, cine y televisión en Internet: Guía para padres y profesores&#8221; en la que, de manera sesgada y subjetiva, explicaban &#8220;los peligros y consecuencias de las descargas ilegales&#8221;. En este &#8220;panfleto&#8221; se atrevían a definir los blogs como sitios que &#8220;a menudo se utilizan [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div style="height:33px;" class="really_simple_share robots-nocontent snap_nopreview"><div class="really_simple_share_facebook_like" style="width:100px;">
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						data-text="Contra-Guía para el buen uso de Internet" data-url="http://blog.marcis.es/contra-guia-para-el-buen-uso-de-internet/" 
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				</div></div>
		<div style="clear:both;"></div><div id="attachment_252" class="wp-caption alignright" style="width: 180px"><a title="Música, cine y televisión legal y gratuita en Internet" href="http://blog.marcis.es/wp-content/uploads/2011/04/Musica-cine-y-television-legal-y-gratuita-en-Internet.jpg"><img class="size-medium wp-image-252  " title="Música, cine y televisión legal y gratuita en Internet" src="http://blog.marcis.es/wp-content/uploads/2011/04/Musica-cine-y-television-legal-y-gratuita-en-Internet-212x300.jpg" alt="Música, cine y televisión legal y gratuita en Internet" width="170" height="240" /></a><p class="wp-caption-text">Música, cine y televisión legal y gratuita en Internet</p></div>
<p>La SGAE y compañía, amparados por el Ministerio de ¿Cultura?, publicaron hace poco &#8220;Música, cine y televisión en Internet: Guía para padres y profesores&#8221; en la que, de manera <strong>sesgada y subjetiva</strong>, explicaban &#8220;los peligros y consecuencias de las descargas ilegales&#8221;.</p>
<p>En este &#8220;panfleto&#8221; se atrevían a definir los blogs como sitios que &#8220;a menudo se utilizan para publicar enlaces a archivos, que pueden ser copias ilegales de música, películas u otros ficheros multimedia&#8221;. Curiosamente, aconsejaban a los profesores incluir &#8220;este asunto de actualidad en el temario&#8221;, en particular abrir un <strong>debate</strong> sobre &#8220;la ética que rodea al acceso al ocio en Internet&#8221;.</p>
<p><span id="more-251"></span>Como no podía ser de otra forma, <strong>la Red ha reaccionado</strong> y <a title="Hacktivistas" href="http://guia.hacktivistas.net/" target="_blank">Hacktivistas</a> lanza su propia versión, titulada &#8220;“Música, cine y televisión legal, libre y gratuita en Internet”. No sé si tendrá tanta repercusión como la primera, pero desde luego es mucho más acorde a la realidad moral y jurídica:</p>
<ul>
<li>El libre acceso a la cultura es un <strong>derecho fundamental</strong> recogido en el art. 44 de la Constitución&#8230;</li>
<li>Internet ofrece <strong>a cualquier persona</strong> la posibilidad de auto editar su obra y acceder a un público potencial de millones de personas.</li>
<li>Aunque ya no es necesario un soporte físico (&#8230;) estos <em>lobbies</em> siguen dinamitando el progreso y son <strong>un lastre</strong> para la economía y la cultura.</li>
<li>Cuanto más se <strong>comparte</strong> algo, más se vende.</li>
<li>Los artistas son los que <strong>menos dinero</strong> obtienen de este sistema desfasado.</li>
<li>Puedes copiar música, películas,&#8230; siempre que no haya <strong>ánimo de lucro y comunicación en un lugar público</strong>, según se regula en el artículo 31.2 de la Ley de Propiedad Intelectual.</li>
<li>España es uno de los países con mayor uso de <a title="Creative Commons | Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/Creative_Commons" target="_blank">licencias Creative Commons</a>, que permiten reutilizar y descargar la obra.</li>
<li>Los jueces han resuelto reiteradamente que <strong>enlazar no supone una vulneración</strong> de los derechos de propiedad intelectual.</li>
<li>La Ley de Propiedad Intelectual <strong>garantiza el derecho a cita</strong> con fines de investigación y enseñanza.</li>
</ul>
<p>Por supuesto, <a title="Música, cine y televisión legal y gratuita en Internet" href="http://freesoftwareando.com/final.pdf" target="_blank">la guía</a> es de libre distribución: puedes copiarla, envíarsela a tus amigos,&#8230;</p>
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		<title>Manifiesto por una red neutral</title>
		<link>http://blog.marcis.es/manifiesto-por-una-red-neutral/</link>
		<comments>http://blog.marcis.es/manifiesto-por-una-red-neutral/#comments</comments>
		<pubDate>Wed, 01 Dec 2010 09:38:49 +0000</pubDate>
		<dc:creator>marcis</dc:creator>
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		<category><![CDATA[legislación]]></category>
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		<description><![CDATA[Los ciudadanos y las empresas usuarias de Internet adheridas a este texto MANIFESTAMOS: Que Internet es una Red Neutral por diseño, desde su creación hasta su actual implementación, en la que la información fluye de manera libre, sin discriminación alguna en función de origen, destino, protocolo o contenido. Que las empresas, emprendedores y usuarios de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div style="height:33px;" class="really_simple_share robots-nocontent snap_nopreview"><div class="really_simple_share_facebook_like" style="width:100px;">
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		<div style="clear:both;"></div><div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow-x: hidden; overflow-y: hidden;">Los ciudadanos y las empresas usuarias de Internet adheridas a este texto MANIFESTAMOS:</div>
<div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow-x: hidden; overflow-y: hidden;">Que Internet es una Red Neutral por diseño, desde su creación hasta su actual implementación, en la que la información fluye de manera libre, sin discriminación alguna en función de origen, destino, protocolo o contenido.</div>
<div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow-x: hidden; overflow-y: hidden;">Que las empresas, emprendedores y usuarios de Internet han podido crear servicios y productos en esa Red Neutral sin necesidad de autorizaciones ni acuerdos previos, dando lugar a una barrera de entrada prácticamente inexistente que ha permitido la explosión creativa, de innovación y de servicios que define el estado de la red actual.</div>
<div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow-x: hidden; overflow-y: hidden;">Que todos los usuarios, emprendedores y empresas de Internet han podido definir y ofrecer sus servicios en condiciones de igualdad llevando el concepto de la libre competencia hasta extremos nunca antes conocidos.</div>
<div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow-x: hidden; overflow-y: hidden;">Que Internet es el vehículo de libre expresión, libre información y desarrollo social más importante con el que cuentan ciudadanos y empresas. Su naturaleza no debe ser puesta en riesgo bajo ningún concepto.</div>
<div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow-x: hidden; overflow-y: hidden;">Que para posibilitar esa Red Neutral las operadoras deben transportar paquetes de datos de manera neutral sin erigirse en “aduaneros” del tráfico y sin favorecer o perjudicar a unos contenidos por encima de otros.</div>
<div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow-x: hidden; overflow-y: hidden;">Que la gestión del tráfico en situaciones puntuales y excepcionales de saturación de las redes debe acometerse de forma transparente, de acuerdo a criterios homogéneos de interés público y no discriminatorios ni comerciales.</div>
<div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow-x: hidden; overflow-y: hidden;">Que dicha restricción excepcional del tráfico por parte de las operadoras no puede convertirse en una alternativa sostenida a la inversión en redes.</div>
<div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow-x: hidden; overflow-y: hidden;">Que dicha Red Neutral se ve amenazada por operadoras interesadas en llegar a acuerdos comerciales por los que se privilegie o degrade el contenido según su relación comercial con la operadora.</div>
<div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow-x: hidden; overflow-y: hidden;">Que algunos operadores del mercado quieren “redefinir” la Red Neutral para manejarla de acuerdo con sus intereses, y esa pretensión debe ser evitada; la definición de las reglas fundamentales del funcionamiento de Internet debe basarse en el interés de quienes la usan, no de quienes la proveen.</div>
<div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow-x: hidden; overflow-y: hidden;">Que la respuesta ante esta amenaza para la red no puede ser la inacción: no hacer nada equivale a permitir que intereses privados puedan de facto llevar a cabo prácticas que afectan a las libertades fundamentales de los ciudadanos y la capacidad de las empresas para competir en igualdad de condiciones.</div>
<div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow-x: hidden; overflow-y: hidden;">Que es preciso y urgente instar al Gobierno a proteger de manera clara e inequívoca la Red Neutral, con el fin de proteger el valor de Internet de cara al desarrollo de una economía más productiva, moderna, eficiente y libre de injerencias e intromisiones indebidas. Para ello es preciso que cualquier moción que se apruebe vincule de manera indisoluble la definición de Red Neutral en el contenido de la futura ley que se promueve, y no condicione su aplicación a cuestiones que poco tienen que ver con ésta.</div>
<div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow-x: hidden; overflow-y: hidden;">La Red Neutral es un concepto claro y definido en el ámbito académico, donde no suscita debate: los ciudadanos y las empresas tienen derecho a que el tráfico de datos recibido o generado no sea manipulado, tergiversado, impedido, desviado, priorizado o retrasado en función del tipo de contenido, del protocolo o aplicación utilizado, del origen o destino de la comunicación ni de cualquier otra consideración ajena a la de su propia voluntad. Ese tráfico se tratará como una comunicación privada y exclusivamente bajo mandato judicial podrá ser espiado, trazado, archivado o analizado en su contenido, como correspondencia privada que es en realidad.</div>
<div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow-x: hidden; overflow-y: hidden;">Europa, y España en particular, se encuentran en medio de una crisis económica tan importante que obligará al cambio radical de su modelo productivo, y a un mejor aprovechamiento de la creatividad de sus ciudadanos. La Red Neutral es crucial a la hora de preservar un ecosistema que favorezca la competencia e innovación para la creación de los innumerables productos y servicios que quedan por inventar y descubrir. La capacidad de trabajar en red, de manera colaborativa, y en mercados conectados, afectará a todos los sectores y todas las empresas de nuestro país, lo que convierte a Internet en un factor clave actual y futuro en nuestro desarrollo económico y social, determinando en gran medida el nivel de competitividad del país. De ahí nuestra profunda preocupación por la preservación de la Red Neutral. Por eso instamos con urgencia al Gobierno español a ser proactivo en el contexto europeo y a legislar de manera clara e inequívoca en ese sentido.</div>
<p>Los ciudadanos y las empresas usuarias de Internet adheridas a este texto MANIFESTAMOS:</p>
<ul>
<li>Que <strong>Internet es una red neutral por diseño</strong>, desde su creación hasta su actual implementación, en la que la información fluye de manera libre, sin discriminación alguna en función de origen, destino, protocolo o contenido.</li>
<li>Que las empresas, emprendedores y usuarios de Internet han podido crear servicios y productos en esa red neutral sin necesidad de autorizaciones ni acuerdos previos, dando lugar a una <strong>barrera de entrada prácticamente inexistente</strong> que ha permitido la explosión creativa, de innovación y de servicios que define el estado de la red actual.</li>
<li>Que todos los usuarios, emprendedores y empresas de Internet han podido definir y ofrecer sus servicios <strong>en condiciones de igualdad</strong> llevando el concepto de la libre competencia hasta extremos nunca antes conocidos.</li>
<li>Que Internet es el vehículo de <strong>libre expresión</strong>, libre información y desarrollo social más importante con el que cuentan ciudadanos y empresas. Su naturaleza no debe ser puesta en riesgo bajo ningún concepto.</li>
<li>Que para posibilitar esa red neutral las operadoras <strong>deben</strong> transportar paquetes de datos de manera neutral sin erigirse en “aduaneros” del tráfico y sin favorecer o perjudicar a unos contenidos por encima de otros.</li>
<li>Que la gestión del tráfico en situaciones puntuales y excepcionales de saturación de las redes debe acometerse <strong>de forma transparente</strong>, de acuerdo a criterios homogéneos de interés público y no discriminatorios ni comerciales.</li>
<li>Que dicha restricción excepcional del tráfico por parte de las operadoras <strong>no puede</strong> convertirse en una alternativa sostenida a la inversión en redes.</li>
<li>Que dicha red neutral se ve amenazada por <strong>operadoras interesadas</strong> en llegar a acuerdos comerciales por los que se privilegie o degrade el contenido según su relación comercial con la operadora.</li>
<li>Que algunos operadores del mercado quieren “redefinir” la red neutral para manejarla de acuerdo a <strong>sus intereses</strong>, y esa pretensión debe ser evitada; la definición de las reglas fundamentales del funcionamiento de Internet debe basarse en el interés de quienes la usan, no de quienes la proveen.</li>
<li>Que la respuesta ante esta amenaza para la red debe ser la <strong>acción</strong>: no hacer nada equivale a permitir que intereses privados puedan <em>de facto</em> llevar a cabo prácticas que afectan a las <strong>libertades fundamentales</strong> de los ciudadanos y la capacidad de las empresas para competir en igualdad de condiciones.</li>
<li>Que es preciso y urgente instar al Gobierno a <strong>proteger</strong> de manera clara e inequívoca <strong>la red neutral</strong>, con el fin de proteger el valor de Internet de cara al desarrollo de una economía más productiva, moderna, eficiente y libre de injerencias e intromisiones indebidas. Para ello es preciso que cualquier moción que se apruebe vincule de manera indisoluble la definición de red neutral en el contenido de la futura ley que se promueve, y no condicione su aplicación a cuestiones que poco tienen que ver con ésta.</li>
</ul>
<p>La red neutral <strong>es un concepto claro y definido</strong> en el ámbito académico, donde no suscita debate: los ciudadanos y las empresas tienen derecho a que el tráfico de datos recibido o generado <strong>no sea manipulado</strong>, tergiversado, impedido, desviado, priorizado o retrasado en función del tipo de contenido, del protocolo o aplicación utilizado, del origen o destino de la comunicación ni de cualquier otra consideración ajena a la de su propia voluntad. Ese tráfico se tratará como una <strong>comunicación privada</strong> y exclusivamente bajo mandato judicial podrá ser espiado, trazado, archivado o analizado en su contenido, como correspondencia privada que es en realidad.</p>
<p>Europa, y España en particular, se encuentran en medio de una crisis económica tan importante que obligará al cambio radical de su modelo productivo y a un <strong>mejor aprovechamiento de la creatividad de sus ciudadanos</strong>. La red neutral es crucial a la hora de preservar <strong>un ecosistema que favorezca la competencia e innovación</strong> para la creación de los innumerables productos y servicios que quedan por inventar y descubrir. La capacidad de trabajar en red, de manera colaborativa y en mercados conectados afectará a todos los sectores y todas las empresas de nuestro país, lo que convierte a Internet en un <strong>factor clave actual y futuro</strong> en nuestro desarrollo económico y social, determinando en gran medida el nivel de competitividad del país. De ahí nuestra profunda preocupación por la preservación de la red neutral. Por eso instamos con urgencia al Gobierno español a ser proactivo en el contexto europeo y a legislar de manera clara e inequívoca en ese sentido.</p>
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		<title>Reclamaciones en la AEPD</title>
		<link>http://blog.marcis.es/reclamaciones-en-la-aepd/</link>
		<comments>http://blog.marcis.es/reclamaciones-en-la-aepd/#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 22 Nov 2010 18:23:19 +0000</pubDate>
		<dc:creator>marcis</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El pasado mes de febrero presenté una denuncia/reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, autoridad que &#8220;garantiza y tutela el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal&#8221;. Tuve que realizar el trámite por los medios tradicionales (correo postal) ya que en su web se limitan a colgar un archivo en [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div style="height:33px;" class="really_simple_share robots-nocontent snap_nopreview"><div class="really_simple_share_facebook_like" style="width:100px;">
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		<div style="clear:both;"></div><div class="wp-caption alignright" style="width: 177px"><a href="http://www.agpd.es/"><img title="Agencia Española de Protección de Datos" src="http://www.agpd.es/portalwebAGPD/images/v2/cabecera/AEPD-logo.gif" alt="Agencia Española de Protección de Datos" width="167" height="87" /></a><p class="wp-caption-text">Agencia Española de Protección de Datos</p></div>
<p>El pasado mes de febrero presenté una <strong>denuncia/reclamación</strong> ante la <a title="Agencia Española de Protección de Datos" href="http://www.agpd.es/" target="_blank">Agencia Española de Protección de Datos</a>, autoridad que <em>&#8220;garantiza y tutela el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal&#8221;</em>.</p>
<p>Tuve que realizar el trámite por los <strong>medios tradicionales</strong> (correo postal) ya que en su web se limitan a colgar un archivo en formato pdf llamado &#8220;Modelo de denuncia&#8221;.</p>
<p><span id="more-215"></span>Unas semanas más tarde me pidieron que les enviara, como pruebas de los hechos denunciados, fotografías de un teléfono móvil. Contacté con ellos vía email para preguntar si las podía mandar por dicho medio y, <strong>diez días más tarde</strong> cuando ya había remitido el correo electrónico, me respondieron afirmativamente.</p>
<p>Tras <strong>varios meses sin tener noticias suyas</strong> les escribí de nuevo preguntando por el estado de mi expediente. En &#8220;apenas&#8221; una semana me contestaron, indicando que mi denuncia había sido registrada (menos mal!) y que me dirigiera a la &#8220;Subdireccion General de Inspeccion de Datos&#8221; para futuras comunicaciones, sin molestarse en indicar cómo. El email acabó en mi carpeta de spam porque <strong>el campo &#8220;desde&#8221; estaba vacío</strong>.</p>
<p>A pesar de sugerirles que lo corrigieran, siguieron respondiendo &#8220;en modo fantasma&#8221; aunque, esta vez si, me dijeron a qué dirección escribir.</p>
<p>Recientemente, 9 meses más tarde, recibí una carta en la que <strong>de nuevo me confirman que han recibido mi denuncia</strong> y me indican que están procediendo a las &#8220;actuaciones preliminares&#8221; que pueden tardar, como máximo, 12 meses. Afortunadamente, el plazo empezó a contar cuando presenté la reclamación y no ahora.</p>
<p>Una vez más, la administración da muestras de <strong>incompetencia total</strong> y se gana una fama de la que a menudo se queja. No se pueden realizar los trámites <em>online</em>, los plazos se alargan hasta el aburrimiento, algunos funcionarios demuestran su ignorancia respecto a las nuevas tecnologías,&#8230; por no hablar de una legislación que en vez de proteger a los ciudadanos y sus derechos, les <strong>pone trabas</strong> para poder ejercerlos.</p>
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		<title>Seguridad informática con humor</title>
		<link>http://blog.marcis.es/seguridad-informatica-con-humor/</link>
		<comments>http://blog.marcis.es/seguridad-informatica-con-humor/#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 28 Oct 2010 20:09:33 +0000</pubDate>
		<dc:creator>marcis</dc:creator>
				<category><![CDATA[internet]]></category>
		<category><![CDATA[tecnologia]]></category>
		<category><![CDATA[seguridad]]></category>

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		<description><![CDATA[Os dejo con un vídeo de la charla de Chema Alonso en Internet es tuyo hablando sobre su especialidad, la seguridad informática. Muy entretenido a la vez que instructivo. 8-Chema Alonso from agoranews on Vimeo.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div style="height:33px;" class="really_simple_share robots-nocontent snap_nopreview"><div class="really_simple_share_facebook_like" style="width:100px;">
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				</div></div>
		<div style="clear:both;"></div><p>Os dejo con un vídeo de la charla de <a title="Un informático en el lado del mal" href="http://www.elladodelmal.com/" target="_blank">Chema Alonso</a> en <a title="Internet es Tuyo | Un homenaje a la gente que hace la Red" href="http://www.internetestuyo.com/" target="_blank">Internet es tuyo</a> hablando sobre su especialidad, la <strong>seguridad informática</strong>. Muy entretenido a la vez que instructivo.</p>
<p style="text-align: center;"><object classid="clsid:d27cdb6e-ae6d-11cf-96b8-444553540000" width="400" height="225" codebase="http://download.macromedia.com/pub/shockwave/cabs/flash/swflash.cab#version=6,0,40,0"><param name="allowfullscreen" value="true" /><param name="allowscriptaccess" value="always" /><param name="src" value="http://vimeo.com/moogaloop.swf?clip_id=16089612&amp;server=vimeo.com&amp;show_title=1&amp;show_byline=1&amp;show_portrait=1&amp;color=00ADEF&amp;fullscreen=1&amp;autoplay=0&amp;loop=0" /><embed type="application/x-shockwave-flash" width="400" height="225" src="http://vimeo.com/moogaloop.swf?clip_id=16089612&amp;server=vimeo.com&amp;show_title=1&amp;show_byline=1&amp;show_portrait=1&amp;color=00ADEF&amp;fullscreen=1&amp;autoplay=0&amp;loop=0" allowscriptaccess="always" allowfullscreen="true"></embed></object></p>
<p style="text-align: center;"><a href="http://vimeo.com/16089612">8-Chema Alonso</a> from <a href="http://vimeo.com/user3382263">agoranews</a> on <a href="http://vimeo.com">Vimeo</a>.</p>
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		<title>Qué ocurre cuando navegas una página</title>
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		<pubDate>Fri, 19 Mar 2010 14:53:23 +0000</pubDate>
		<dc:creator>marcis</dc:creator>
				<category><![CDATA[internet]]></category>
		<category><![CDATA[AJAX]]></category>
		<category><![CDATA[HTML]]></category>
		<category><![CDATA[navegadores]]></category>
		<category><![CDATA[protocolos]]></category>
		<category><![CDATA[redes]]></category>
		<category><![CDATA[web]]></category>

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		<description><![CDATA[Si tienes conocimientos de redes es un tema que puede parecer evidente, pero sospecho que la mayoría de los usuarios no sabe qué ocurre realmente cuando escribes una dirección (URL) en tu navegador. Estos son los pasos que se siguen desde que &#8220;pides&#8221; una página hasta que la puedes visualizar y usar por completo: Introduces [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div style="height:33px;" class="really_simple_share robots-nocontent snap_nopreview"><div class="really_simple_share_facebook_like" style="width:100px;">
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				</div></div>
		<div style="clear:both;"></div><p>Si tienes conocimientos de redes es un tema que puede parecer evidente, pero sospecho que la mayoría de los usuarios no sabe <strong>qué ocurre realmente cuando escribes una dirección (URL) en tu navegador</strong>.</p>
<p><span id="more-142"></span>Estos son los pasos que se siguen desde que &#8220;pides&#8221; una página hasta que la puedes visualizar y usar por completo:</p>
<ol>
<li style="text-align: left; "><strong>Introduces una URL en el navegador</strong>: no tienes por qué escribirla, puede ser tu página de inicio que se carga automáticamente, un favorito que tengas guardado o simplemente un enlace en el que pinchas.
<p><div id="attachment_144" class="wp-caption aligncenter" style="width: 310px"><a href="http://blog.marcis.es/wp-content/uploads/2010/03/escribir-URL-navegador.jpg"><img class="size-medium wp-image-144" title="1. Escribir la URL en el navegador" src="http://blog.marcis.es/wp-content/uploads/2010/03/escribir-URL-navegador-300x98.jpg" alt="URL en la barra de direcciones del navegador" width="300" height="98" /></a><p class="wp-caption-text">URL en la barra de direcciones del navegador </p></div></li>
<li><strong>El navegador busca la dirección IP del nombre de dominio</strong>: los <a title="Dominio de Internet - Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/Dominio_de_Internet" target="_blank">nombres de dominio</a> (en el ejemplo, &#8220;blog.marcis.es&#8221;) se utilizan para que los usuarios puedan recordar fácilmente las direcciones, pero el dato que necesita nuestro navegador para <strong>localizar el servidor web</strong> donde está alojado dicho dominio es su <a title="Dirección IP - Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/Direcci%C3%B3n_IP" target="_blank">dirección IP</a> (unos numeritos como &#8220;66.96.234.199&#8243; que en Internet sirven para identificar de forma única un ordenador o una red).<br />
Para encontrar la correspondencia entre un nombre de dominio y  una dirección IP se utiliza un servicio llamado <a title="Domain Name System - Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/DNS" target="_blank">DNS</a>. La búsqueda se realiza desde lo más cercano hacia lo más lejano, de forma que se intenta optimizar el tiempo de respuesta. Se empieza por la <a title="Caché - Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/Cach%C3%A9" target="_blank">caché</a> del navegador (últimos dominios visitados), continúa por la caché del <a title="Sistema Operativo - Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/Sistema_Operativo" target="_blank">Sistema Operativo</a>,&#8230; hasta llegar, si es necesario, al <strong>servidor DNS</strong> de nuestro <a title="Proveedor de servicios de Internet - Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/Proveedor_de_Internet" target="_blank">proveedor de internet</a> e incluso a otros servidores DNS si éste no encuentra un resultado válido.</p>
<p><div id="attachment_145" class="wp-caption aligncenter" style="width: 490px"><a href="http://commons.wikimedia.org/wiki/File:Dns-wikipedia.gif"><img class="size-full wp-image-145   " title="Dns Wikipedia" src="http://blog.marcis.es/wp-content/uploads/2010/03/Dns-Wikipedia.gif" alt="Ejemplo de funcionamiento del servicio DNS" width="480" height="226" /></a><p class="wp-caption-text">Ejemplo de funcionamiento del servicio DNS (pincha sobre la imagen para ampliar)</p></div></li>
<li><strong>El navegador hace una petición mediante HTTP</strong>: una vez localizada la dirección IP correcta, el navegador le envía una petición mediante un protocolo de comunicación llamado <a title="Hypertext Transfer Protocol - Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/HTTP" target="_blank">HTTP</a>. Dicha petición, además de la dirección que se desea navegar, incluye otra información como el tipo de navegador, las respuestas que acepta y opcionalmente, algún dato sobre el usuario si ha visitado previamente dicha página web:<br />
<blockquote><p>GET http://blog.marcis.es/ HTTP/1.1<br />
Accept: application/x-ms-application, image/jpeg, &#8230;<br />
Accept-Language: es-ES<br />
User-Agent: Mozilla/4.0 (compatible; MSIE 8.0; Windows NT 6.1; &#8230;<br />
Accept-Encoding: gzip, deflate<br />
Connection: Keep-Alive<br />
Cookie: &#8230;<br />
Host: blog.marcis.es</p></blockquote>
</li>
<li><strong>El servidor web envía una respuesta</strong>:
<ul>
<li>Si se produce un <strong>error</strong> (por ejemplo, página no encontrada) el servidor web enviará unos <a title="Códigos de estado HTTP - Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:C%C3%B3digos_de_estado_HTTP#4xx_Errores_del_cliente" target="_blank">códigos especiales</a> indicando los detalles del problema. El navegador mostrará al usuario un mensaje explicando el error y sus posibles causas.
<p><div id="attachment_149" class="wp-caption aligncenter" style="width: 452px"><a href="http://commons.wikimedia.org/wiki/File:Http-headers-status.gif"><img class="size-large wp-image-149    " title="Http-headers-status" src="http://blog.marcis.es/wp-content/uploads/2010/03/Http-headers-status-1024x802.gif" alt="Códigos de respuesta HTTP" width="442" height="347" /></a><p class="wp-caption-text">Códigos de respuesta HTTP (pincha sobre la imagen para ampliar)</p></div></li>
<li>Si la página ha cambiado de <strong>dirección</strong>, el servidor web lo indica mediante una <a title="Códigos de estado HTTP - Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:C%C3%B3digos_de_estado_HTTP#3xx:_Redirecciones" target="_blank">redirección</a> y el correspondiente código. En este caso, el navegador realiza una nueva petición comenzando el proceso de nuevo.</li>
<li>Si todo va <strong>bien</strong>, el servidor web devuelve una página <a title="HTML - Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/HTML" target="_blank">HTML</a>. Ésta puede obtenerse de forma <strong>estática</strong> (ya está &#8220;escrita&#8221; y es la misma para todas las peticiones) o <strong>dinámica</strong> (se genera en el momento y puede variar en función del navegador, el usuario que accede,&#8230;), pero ese <a title="Servidor Web - Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/Servidor_web" target="_blank">es otro tema</a>.</li>
</ul>
<blockquote><p>HTTP/1.1 200 OK<br />
Cache-Control: private, no-store, no-cache, must-revalidate<br />
Expires: Sat, 01 Jan 2000 00:00:00 GMT<br />
Pragma: no-cache<br />
Content-Encoding: gzip<br />
Content-Type: text/html; charset=utf-8<br />
X-Cnection: close<br />
Transfer-Encoding: chunked<br />
Date: Fri, 12 Feb 2010 09:05:55 GMT</p></blockquote>
</li>
<li><strong>El navegador recibe y &#8220;trata&#8221; <strong>la respuesta</strong></strong>: incluso antes de tener la respuesta completa, el navegador puede empezar a &#8220;dibujar&#8221; el resultado en pantalla para que el usuario lo pueda ver lo antes posible.
<p><div id="attachment_152" class="wp-caption aligncenter" style="width: 310px"><a href="http://blog.marcis.es/wp-content/uploads/2010/03/Página-web-renderizada.jpg"><img class="size-medium wp-image-152" title="Página web renderizada" src="http://blog.marcis.es/wp-content/uploads/2010/03/Página-web-renderizada-300x96.jpg" alt="El navegador &quot;renderiza&quot; el HTML recibido" width="300" height="96" /></a><p class="wp-caption-text">El navegador &quot;renderiza&quot; el HTML recibido </p></div></li>
<li><strong>El navegador pide el resto de objetos necesarios</strong>: una vez recibida la primera respuesta en HTML, ésta puede contener imágenes, hojas de estilo (<a title="CSS - Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/CSS" target="_blank">CSS</a>), archivos de <a title="Javascript - Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/Javascript" target="_blank">javascript</a>,&#8230; que son independientes, con su propia URL y requieren, por lo tanto, <strong>nuevas peticiones HTTP</strong>.
<p><div id="attachment_153" class="wp-caption aligncenter" style="width: 235px"><a href="http://blog.marcis.es/wp-content/uploads/2010/03/Petición-de-imágenes.png"><img class="size-full wp-image-153" title="Petición de imágenes" src="http://blog.marcis.es/wp-content/uploads/2010/03/Petición-de-imágenes.png" alt="El navegador pide las imágenes incluídas en el documento HTML" width="225" height="130" /></a><p class="wp-caption-text">El navegador pide las imágenes incluídas en el documento HTML </p></div></li>
<li><strong>El navegador carga dichos objetos</strong>: si recibe una respuesta correcta por parte del servidor web, aplica los cambios necesarios: mostrar las imágenes en el lugar apropiado, redibujar la página según los estilos, modificar los contenidos,&#8230;</li>
<li><strong>Opcionalmente, se realizan nuevas peticiones mediante AJAX</strong>: muchos sitios web no se limitan a un comportamiento &#8220;estático&#8221; sino que incluyen aplicaciones que continúan comunicándose con el servidor, realizando pequeñas peticiones (mediante Javascript) cuyo resultado (en <a title="XML - Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/XML" target="_blank">XML</a>, de ahí las siglas <a title="AJAX - Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/AJAX" target="_blank">AJAX</a>) les permite <strong>interactuar de forma más ágil con el usuario</strong>. Un ejemplo podría ser el <a title="Chat - Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/Chat" target="_blank">chat</a> que incluyen algunas páginas web.
<p><div id="attachment_154" class="wp-caption aligncenter" style="width: 436px"><a href="http://www.adaptivepath.com/ideas/essays/archives/000385.php"><img class="size-full wp-image-154  " title="Peticiones ajax" src="http://blog.marcis.es/wp-content/uploads/2010/03/Peticiones-ajax.png" alt="Modelo clásico vs. Modelo Ajax" width="426" height="407" /></a><p class="wp-caption-text">Modelo clásico vs. Modelo Ajax (pincha sobre la imagen para ampliar)</p></div></li>
</ol>
<p>Este artículo es una adaptación y traducción al español de <a title="What really happens when you navigate to a URL" href="http://igoro.com/archive/what-really-happens-when-you-navigate-to-a-url/" target="_blank">What really happens when you navigate to a URL</a>.</p>
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		<item>
		<title>¿Por qué no me gusta la Disposición final primera del Anteproyecto de Ley de economía sostenible?</title>
		<link>http://blog.marcis.es/%c2%bfpor-que-no-me-gusta-la-disposicion-final-primera-del-anteproyecto-de-ley-de-economia-sostenible/</link>
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		<pubDate>Thu, 25 Feb 2010 11:48:40 +0000</pubDate>
		<dc:creator>marcis</dc:creator>
				<category><![CDATA[internet]]></category>
		<category><![CDATA[tecnologia]]></category>
		<category><![CDATA[crisis]]></category>
		<category><![CDATA[cultura]]></category>
		<category><![CDATA[industria]]></category>
		<category><![CDATA[leyes]]></category>
		<category><![CDATA[música]]></category>
		<category><![CDATA[normativa]]></category>
		<category><![CDATA[patentes]]></category>
		<category><![CDATA[piratería]]></category>

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		<description><![CDATA[Aunque ya no sea &#8220;el tema de moda&#8221;, hace tiempo que quería escribir sobre el Anteproyecto de Ley de economía sostenible y su polémica Disposición final primera. 0. Opinión personal sobre la piratería Antes de continuar quiero dejar claro que no estoy de acuerdo con la &#8220;definición&#8221; actual de piratería. ¿Qué tiene de malo que [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div style="height:33px;" class="really_simple_share robots-nocontent snap_nopreview"><div class="really_simple_share_facebook_like" style="width:100px;">
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				</div></div>
		<div style="clear:both;"></div><p>Aunque ya no sea &#8220;el tema de moda&#8221;, hace tiempo que quería escribir sobre el <strong>Anteproyecto de Ley de economía sostenible</strong> y su polémica <strong>Disposición final primera</strong>.</p>
<p><span id="more-118"></span>
<p><strong>0. Opinión personal sobre la piratería</strong></p>
<p><img hspace="2" alt="Piratería en la calle" vspace="1" align="right" src="http://blog.marcis.es/wp-content/uploads/2010/02/pirateria.jpg" width="225" height="275" />Antes de continuar quiero dejar claro que no estoy de acuerdo con la &#8220;definición&#8221; actual de <strong>piratería</strong>. ¿Qué tiene de malo que comparta música con mis amigos, siempre y cuando no les cobre por ello? Creo que estamos confundiendo &#8220;propiedad intelectual&#8221; con &#8220;derechos de explotación&#8221;.</p>
<p>El sistema de patentes del mundo científico/industrial tiene sentido porque concede al autor o inventor la exclusividad durante cierto período de tiempo. A cambio, cuando termina dicho plazo, su creación pasa a formar parte del <strong>conocimiento global</strong>.</p>
<p>La actual legislación, que permite a una entidad somo la SGAE <strong>cobrar derechos de autor</strong> en conciertos benéficos o en actuaciones teatrales sin ánimo de lucro o en bares y peluquerías por tener la radio puesta (cuando las emisoras ya pagan por retransmitir esa música), no me parece justa.</p>
<p>Centrándonos en la música, <a title="La música en directo no está en crisis" href="http://www.europapress.es/cultura/musica-00129/noticia-musica-directo-no-crisis-20100223164101.html" target="_blank">ha quedado demostrado una vez más que tiene buena salud</a> y que <strong>la crisis sólo afecta a la industria discográfica</strong>. Industria, que no cultura. Y discográfica, que no musical. No confundamos los términos.</p>
<p>El <strong>modelo de distribución</strong> está obsoleto y no se recicla. Con los avances que ha habido en la tecnología en los últimos 20 años, ¿por qué no ha mejorado nada el mundo de la industria discográfica? Seguimos <strong>anclados en el viejo formato del CD</strong>, que <a title="Por qué el modelo tradicional de distribución de música está muerto desde el punto de vista de la usabilidad" href="http://www.cookingideas.es/por-que-el-modelo-tradicional-de-distribucion-de-musica-esta-muerto-desde-el-punto-de-vista-de-la-usabilidad-20100120.html" target="_blank">resulta poco práctico</a> por no hablar del espacio que ocupa en comparación con un disco duro, por ejemplo, o de su precio.</p>
<p>Si de verdad el Gobierno (este o cualquier otro) estuviera interesado en <strong>fomentar la Cultura</strong> en general, y la música en particular, habría más subvenciones para los artistas.</p>
<p>Se podrían crear, por ejemplo, <strong>estudios de grabación gratuitos</strong> en los que cualquiera pudiera registrar su música y distribuirla gratuitamente por Internet, un medio mucho más ágil y económico. De esa forma, los &#8220;nuevos talentos&#8221;, que tantas veces nos mencionan los cantantes consagrados cuando hablan de que están &#8220;en peligro&#8221;, tendrían <strong>más posibilidades</strong> de darse a conocer y, por lo tanto, de ganarse la vida con los conciertos, que <a title="La música en directo no está en crisis" href="http://www.europapress.es/cultura/musica-00129/noticia-musica-directo-no-crisis-20100223164101.html" target="_blank">es lo que realmente les da de comer</a>.</p>
<p>Aclarado ese punto, me parece bien que a quien cometa un delito se le juzgue y condene si es culpable, pero siguiendo los trámites correspondientes. Es decir, a través de un <strong>proceso judicial</strong>.</p>
<p>También me parece totalmente legítimo que los artistas tengan derecho a ganarse la vida, por supuesto. Pero quizás la solución pase por buscar otras opciones alternativas que realmente <strong>fomenten la cultura y la creación</strong>.</p>
<p>Dicho esto, si todavía sigues leyendo, empecemos con la ley y su famosa disposición.</p>
<p><strong>1. La economía &#8220;sostenible&#8221;</strong></p>
<p>Primer detalle cuando menos curioso, el título de la Ley y su objetivo:</p>
<p><em>Artículo 1. Objeto</em></p>
<p><em>Esta Ley tiene por objeto introducir en el ordenamiento jurídico las reformas estructurales necesarias para crear condiciones que favorezcan un <strong>desarrollo económico sostenible</strong>.</em></p>
<p>¿Por qué se mezclan la economía, la cultura, internet y la piratería? Es más, ¿qué tiene que ver la industria discográfica (la mayor beneficiada de la Disposición final primera) son el término &#8220;sostenible&#8221;?</p>
<p>Leo en la Wikipedia la definición de <a title="Desarrollo sostenible" href="http://es.wikipedia.org/wiki/Desarrollo_sostenible" target="_blank">desarrollo sostenible</a>, según la ONU:</p>
<p><em>Satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las del futuro para atender sus propias necesidades.</em></p>
<p>Otras dos frases de la misma página:</p>
<p><em>Deben satisfacerse las necesidades de la sociedad como alimentación, ropa, vivienda y trabajo, pues si la pobreza es habitual, el mundo estará encaminado a catástrofes de varios tipos, incluidas las ecológicas.</em></p>
<p><em>&#8230;se plantea la posibilidad de mejorar la tecnología y la organización social de forma que el medio ambiente pueda recuperarse al mismo ritmo que es afectado por la actividad humana.</em></p>
<p>Si alguien encuentra alguna relación entre distribuir discos y conceptos como ecología, necesidades básicas y sostenibilidad, por favor que deje un comentario en este mismo artículo, porque yo soy incapaz.</p>
<p>El 28 de enero podíamos <a title="El CES arremete contra la Ley de Economía Sostenible" href="http://www.expansion.com/2010/01/27/economia-politica/1264632304.html" target="_blank">leer en Expansión la opinión del Consejo Económico y Social</a> sobre la Ley de economía sostenible. El CES, cito textualmente la noticia, criticaba que el Gobierno hubiera &#8220;mezclado en una ley diversas normativas, <strong>sin conexión</strong> entre unas y otras y sin una memoria económica adecuada, lo que dificulta su comprensión&#8221;.</p>
<p>Volviendo al tema del título de la Ley, el CES (órgano consultivo pero no vinculante) &#8220;pone de relieve la <strong>contradicción</strong> que existe entre los fines sociales que, en su opinión, busca la Ley de Economía Sostenible y el hecho de que apenas aparezcan a lo largo del articulado&#8221;.</p>
<p><strong>2. La vía judicial y los derechos fundamentales</strong></p>
<p>No soy ningún experto en derecho, pero ¿de verdad es necesario un procedimiento &#8220;de urgencia&#8221; como el que plantea la Ley para salvaguardar los derechos de autor?</p>
<p>Cito a los que si que entienden del tema, <a title="Anteproyecto de Ley de economía sostenible | Disposición Final Primera" href="http://www.blogespierre.com/2009/12/01/anteproyecto-de-ley-de-economia-sostenible-disposicion-final-primera/" target="_blank">Pedro J. Canut en blogespierre</a>:</p>
<p><em>&#8230;con sólo dos párrafos [...] el ejecutivo deja en manos de la Comisión de Propiedad Intelectual dependiente del Ministerio de Cultura – y por tanto <strong>excluye de la jurisdicción ordinaria</strong> – el “enjuiciamiento” de las eventuales vulneraciones de derechos de propiedad intelectual por parte de los prestadores de servicios de la sociedad de la información.</em></p>
<p>Más adelante califica la ley de &#8220;<strong>desjudicialización</strong> &#8216;in malam partem&#8217; de los conflictos que puedan surgir entre prestadores de servicios de la sociedad de la información y titulares de derechos protegidos por la propiedad intelectual&#8221;.</p>
<p>Es decir, que sería el propio Gobierno quien hiciera la Ley y la aplicara.</p>
<p>Recientemente, <a title="El Consejo Fiscal emite un informe sobre el Anteproyecto de Ley de economía sostenible" href="http://www.iustel.com/v2/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1040276" target="_blank">el Consejo Fiscal emitió un informe sobre el Anteproyecto de Ley</a> en el que &#8220;considera &#8216;dudoso&#8217; que la protección de la propiedad intelectual &#8216;deba ponerse a la misma altura&#8217; que la del resto de los bienes jurídicos protegidos (algunos de ellos <strong>derechos fundamentales</strong>)&#8221;.</p>
<p><strong>3. Ámbito de la ley</strong></p>
<p>¿Qué criterios se van a seguir para decidir si a un sitio web se le puede aplicar esta Ley o no? ¿El nombre de dominio, la nacionalidad del titular, la localización del servidor,&#8230;? ¿Qué ocurrirá cuando la web que presuntamente infringe los derechos de autor esté alojada en un servidor de otro país? ¿O pertenezca a un ciudadano de otra nacionalidad que no resida en España?</p>
<p>Creo que nuestros queridos gobernantes y legisladores no han tenido en cuenta aspectos clave a la hora de llevar a la práctica las medidas que plantean.</p>
<p>Es más, como bien comentan en <a title="Comentarios a Anteproyecto de Ley de economía sostenible | Disposición Final Primera" href="http://www.blogespierre.com/2009/12/01/anteproyecto-de-ley-de-economia-sostenible-disposicion-final-primera/comment-page-1/#comment-56895" target="_blank">el artículo de blogespierre</a> no se entiende la diferenciación entre medios tradicionales y digitales, además de la reflexión sobre las posibles consecuencias negativas para la economía que puede conllevar la aplicación de la Ley:</p>
<p><em>¿Que empresa va a querer alojar sus webs en servidores situados en territorio nacional?</em></p>
<p>Esto me lleva a los dos siguientes apartados: el desconocimiento de Internet que demuestran los &#8220;expertos&#8221; consultados y la poca o nula efectividad de la Ley, en caso de que se apruebe.</p>
<p><strong>4. Efectividad</strong></p>
<p>Parece ser que no aprendemos de errores pasados. En el 2000, <strong>Napster</strong> era el no va más de la piratería. Una red de usuarios que compartían de forma gratuita sus archivos musicales.</p>
<p>Una demanda hizo caer la empresa pero este tipo de intercambio de ficheros no sólo no disminuyó con el golpe asestado, sino que aumentó con el nacimiento de aplicaciones similares (eMule, eDonkey, Ares,&#8230;) que en algunos casos, 10 años después, siguen gozando de buena salud.</p>
<p>Por no hablar de los sitios web de &#8220;alojamiento&#8221; de ficheros de gran tamaño, como <a title="RapidShare" href="http://rapidshare.com/" target="_blank">rapidshare</a> o <a title="MEGAUPLOAD" href="http://www.megaupload.com/" target="_blank">megaupload</a>, que los propios usuarios han convertido en auténticos <strong>nidos de piratería</strong>.</p>
<p>Ahora, el <strong>testimonio profesional</strong>. El CES, en el artículo antes citado, también opinaba que &#8220;una ley tan ambiciosa como la que plantea el Gobierno <strong>carece de instrumentos</strong> de gestión, control, seguimiento y supervisión&#8221;.</p>
<p><strong>5. Desconocimiento del medio y gasto inútil</strong></p>
<p><img hspace="2" alt="Ángeles González-Sinde, ministra de Cultura" vspace="1" align="right" src="http://blog.marcis.es/wp-content/uploads/2010/02/angelesgonzalez-sindeministradecultura.jpg" width="90" height="138" />La administración pública, como siempre, va un paso (o dos) por detrás del resto del mundo. Puedo entender que para un &#8220;gigante&#8221; de este tipo resulte difícil moverse con agilidad y estar al día en innovaciones tecnológicas, pero no me cabe en la cabeza que se cree una comisión de &#8220;expertos&#8221; para redactar un anteproyecto de ley y los resultados demuestren tanto desconocimiento de las características de Internet.</p>
<p>Esto sólo sería preocupante para el Gobierno y su imagen pública, si no fuera porque el <strong>dinero que (supuestamente) se malgasta</strong> durante el proceso es de todos.</p>
<p><strong>Conclusiones</strong></p>
<ul>
<li><a title="Asociaciones y ciudadanos insisten en pedir el fin del canon digital" href="http://www.elmundo.es/elmundo/2010/02/12/navegante/1265975596.html" target="_blank">Esta no es la Ley que quieren los usuarios</a>, por lo tanto el pueblo, sino la que <strong>beneficia a unos pocos</strong>.</li>
<li>Se intenta equiparar los <strong>derechos fundamentales</strong> con la propiedad intelectual.</li>
<li>No se trata de medidas de desarrollo sostenible sino de <strong>sostener a toda costa un modelo de negocio sin futuro</strong>.</li>
<li>Las medidas que se pretenden adoptar <strong>no funcionarán</strong> porque en el momento que se cierre una web, surgirá un clon en otro lugar del mundo.</li>
<li>Va a generar un gasto inútil, debido al <strong>(presunto) desconocimiento del medio</strong> de quienes la han redactado.</li>
</ul>
<p>Si el Gobierno pretendía generar <strong>polémica</strong>, lo ha conseguido.</p>
<p>Texto íntegro del <a title="ANTEPROYECTO DE LEY DE ECONOMIA SOSTENIBLE" href="http://www.meh.es/Documentacion/Publico/PortalVarios/Gesti%C3%B3n%20del%20Portal/Anteproyecto%20de%20ley%20de%20econom%C3%ADa%20sostenible,%208%20enero,%20rev1.pdf" target="_blank">Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible</a> (confío en que no me recién el blog por enlazarlo&#8230;).</p>
<p>La foto de la piratería es de <a title="nuevo formato pirata en Flickr" href="http://www.flickr.com/photos/26630539@N04/2714680813" target="_blank">Laboratorio en Movimiento</a>, la de la Ministra pertenece a <a title="Gzlez-Sinde en Flickr" href="http://www.flickr.com/photos/37277060@N02/3431406625/" target="_blank">ottoreuss2</a>. Ambas han sido obtenidas de Flickr y están compartidas con <a title="Creative Commons - Reconocimiento 2.0 Genérica" href="http://creativecommons.org/licenses/by/2.0/deed.es" target="_blank">licencia Creative Commons</a>, que permite &#8220;copiar, distribuir y comunicar públicamente la obra&#8221;, así como &#8220;hacer obras derivadas&#8221; siempre y cuando se reconozca al autor de la obra y se distribuya en los mismos términos, como es el caso.</p>
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		<title>Splitweet, maneja múltiples cuentas de twitter</title>
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		<pubDate>Fri, 12 Feb 2010 17:42:50 +0000</pubDate>
		<dc:creator>marcis</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Llevaba tiempo buscando una herramienta como esta, que me permitiera gestionar varias cuentas de twitter desde un solo lugar. Empecé utilizando un navegador para mi cuenta personal de twitter, otro para la de Niuma, otro para la de ShareUsers, otro para la de la Red de Blogs de Montaña,&#8230; al final era inmanejable y difícil [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div style="height:33px;" class="really_simple_share robots-nocontent snap_nopreview"><div class="really_simple_share_facebook_like" style="width:100px;">
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		<div style="clear:both;"></div><div id="attachment_106" class="wp-caption alignright" style="width: 310px"><img class="size-medium wp-image-106" title="Splitweet" src="http://blog.marcis.es/wp-content/uploads/2010/02/Splitweet-300x62.jpg" alt="Manager para múltiples cuentas de twitter" width="300" height="62" /><p class="wp-caption-text">Manager para múltiples cuentas de twitter</p></div>
<p>Llevaba tiempo buscando una herramienta como esta, que me permitiera <strong>gestionar varias cuentas de twitter desde un solo lugar</strong>.</p>
<p><span id="more-105"></span>Empecé utilizando un navegador para <a title="marcis @ twitter" href="http://twitter.com/marcis" target="_blank">mi cuenta personal de twitter</a>, otro para <a title="niuma @ twitter" href="http://twitter.com/niumasoft" target="_blank">la de Niuma</a>, otro para <a title="ShareUsers @twitter" href="http://twitter.com/shareusers" target="_blank">la de ShareUsers</a>, otro para <a title="RBM @ twitter" href="http://twitter.com/blogdemontana" target="_blank">la de la Red de Blogs de Montaña</a>,&#8230; al final era inmanejable y difícil recordar dónde estaba &#8220;logueado&#8221; con cada una de ellas, además de &#8220;peligroso&#8221; pues en alguna ocasión estuve a punto de twittear en la cuenta equivocada.</p>
<p>Gracias a <a title="Splitweet" href="http://es.splitweet.com/" target="_blank">splitweet</a>, puedo identificarme en todas ellas desde una sola aplicación, visualizando los mensajes de los contactos, las respuestas, los mensajes directos,&#8230; de <strong>una o varias</strong> de las cuentas.</p>
<p>Además, también incorporan la opción de <strong>monitorizar tus marcas</strong> (o ciertas &#8220;palabras clave&#8221;) para saber qué se está diciendo en <a title="twitter" href="http://twitter.com/" target="_blank">twitter</a> sobre dichos temas.</p>
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		<title>Por una red s@stenible</title>
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		<pubDate>Tue, 12 Jan 2010 14:34:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>marcis</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Consideramos imprescindible la retirada de la disposición final primera de la Ley de Economía Sostenible por los siguientes motivos: 1 -Viola los derechos constitucionales en los que se ha de basar un estado democrático, en especial: presunción de inocencia, libertad de expresión, privacidad, inviolabilidad domiciliaria, tutela judicial efectiva, libertad de mercado y protección de consumidoras [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div style="height:33px;" class="really_simple_share robots-nocontent snap_nopreview"><div class="really_simple_share_facebook_like" style="width:100px;">
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		<div style="clear:both;"></div><p><img class="alignright size-medium wp-image-94" title="Red s@stenible" src="http://blog.marcis.es/wp-content/uploads/2010/01/Red-s@stenible-300x225.png" alt="Red s@stenible" width="300" height="225" />Consideramos <strong>imprescindible</strong> la retirada de la disposición final primera de la Ley de Economía Sostenible por los siguientes motivos:</p>
<p>1 -<strong>Viola los derechos constitucionales</strong> en los que se ha de basar un estado democrático, en especial: presunción de inocencia, libertad de expresión, privacidad, inviolabilidad domiciliaria, tutela judicial efectiva, libertad de mercado y protección de consumidoras y consumidores, entre otros.</p>
<p><span id="more-93"></span>2 &#8211; Genera para Internet un <strong>estado de excepción</strong> en el cual la ciudadanía será tratada mediante procedimientos administrativos sumarísimos reservados por la Audiencia Nacional a narcotraficantes y terroristas.</p>
<p>3 &#8211; Establece un procedimiento punitivo “a la carta” para casos en los que <strong>los tribunales ya han manifestado que no constituían delito</strong>, implicando incluso la necesidad de modificar al menos 4 leyes, una de ellas orgánica. Esto conlleva un cambio radical en el sistema jurídico y una fuente de inseguridad para el sector de las TIC (Tecnología de la Información y la Comunicación). Recordamos, en este sentido, que <strong>el intercambio de conocimiento y cultura en la red </strong>es un<span> </span><a href="http://noticias.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/redes/los-usuarios-que-descargan-archivos-p2p-gastan-mas-dinero_Fo58z3eGxWsRG0NKpjhCE7/" target="_blank">motor económico</a><span> </span>importante para<span> </span><a href="http://noticias.lainformacion.com/arte-cultura-y-espectaculos/cine/el-cine-espanol-cerrara-con-cifras-record-a-pesar-de-internet_uVFrhCBCXhYPTF51YCG3a7/" target="_blank">salir de la crisis</a><span> </span>como se ha<span> </span><a href="http://www.theinquirer.es/2009/11/17/lo-que-las-discograficas-ocultan.html" target="_blank">demostrado</a><span> </span><a href="http://www.elmundo.es/elmundo/2009/11/20/cultura/1258739927.html" target="_blank">ampliamente.</a></p>
<p>4 &#8211; Los <strong>mecanismos preventivos urgentes</strong> de los que dispone la ley y la judicatura son para proteger a toda la ciudadanía frente a riesgos tan graves como los que afectan a la salud pública. El Gobierno pretende utilizar estos mismos mecanismos de protección global para <strong>beneficiar intereses particulares</strong> frente a la ciudadanía. Además la normativa introducirá el concepto de &#8220;lucro indirecto&#8221;, es decir: a mí me pueden cerrrar el blog porque &#8220;promociono&#8221; a uno que &#8220;promociona&#8221; a otro que linka a un tercero que hace negocios <strong>presuntamente</strong> ilícitos.</p>
<p>5 &#8211; Recordamos que la propiedad intelectual<span> </span><a href="http://derechoynormas.blogspot.com/2010/01/la-ley-de-ejecucion-por-la-sospecha.html" target="_blank">no es un derecho fundamental</a><span> </span>contrariamente a las declaraciones del Ministro de Justicia, Francisco Caamaño. Lo que es un derecho fundamental es el <strong>derecho a la producción literaria y artística</strong>.</p>
<p>6 &#8211; De acuerdo con las declaraciones de la Ministra de Cultura, esta disposición se utilizará exclusivamente para cerrar 200 webs que presuntamente están atentando contra los derechos de autor. Entendemos que si éste es el objetivo de la disposición, no es necesaria, ya que <strong>con la legislación actual existen procedimientos</strong> que permiten actuar contra webs, incluso con medidas cautelares, cuando presuntamente se esté incumpliendo la legalidad. Por lo que no queda sino recelar de las <strong>verdaderas intenciones</strong> que la motivan ya que lo único que añade a la legislación actual es el hecho de dejar la ciudadanía en una situación de <strong>grave indefensión jurídica</strong> en el entorno digital.</p>
<p>7 &#8211; Finalmente consideramos que la propuesta del gobierno no sólo es un <strong>despilfarro de recursos</strong> sino que será <strong>absolutamente ineficaz</strong> en sus presuntos propósitos y deja patente la <strong>total incapacidad</strong> por parte del ejecutivo de entender los tiempos y motores de la Era Digital.</p>
<p>La disposición es <strong>una concesión más</strong> a la vieja industria del entretenimiento <strong>en detrimento de los derechos fundamentales</strong> de la ciudadanía.</p>
<p>La ciudadanía no puede permitir de ninguna manera que sigan los <strong>intentos de vulnerar derechos fundamentales</strong> de las personas, sin la debida tutela judicial efectiva, para proteger derechos de menor rango como la propiedad intelectual. Dicha circunstancia ya fue aclarada con el dictado de inconstitucionalidad de la ley Corcuera (o ley de patada en la puerta).<span> </span><a href="http://www.facebook.com/group.php?gid=186879394498" target="_blank">El Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en Internet</a>, respaldado por más de 200.000 personas, ya avanzó la reacción y demandas de la ciudadanía antes la perspectiva inaceptable del gobierno.</p>
<p>Para impulsar un definitivo cambio de rumbo y coordinar una respuesta conjunta, el 9 de enero se ha constituido la &#8220;Red SOStenible&#8221; una <strong>plataforma representativa</strong> de todos los sectores sociedad civil afectados. El objetivo es iniciar una ofensiva para garantizar una <strong>regulación del entorno digital</strong> que permita expresar todo el potencial de la Red y de la creación cultural respetando las libertades fundamentales.</p>
<p>En este sentido, reconocemos como referencia para el desarrollo de la era digital, la<span> </span><a href="http://fcforum.net/es/" target="_blank">Carta para la innovación, la creatividad y el acceso al conocimiento</a>, un documento de síntesis elaborado por más de<span> </span><a href="http://fcforum.net/es/charter_extended#signatories" target="_blank">100 expertos de 20 países</a><span> </span>que recoge los <strong>principios legales fundamentales</strong> que deben inspirar este nuevo horizonte.</p>
<p>En particular, consideramos que en estos momentos es especialmente <strong>urgente</strong> la implementación por parte de gobiernos e instituciones competentes, de los siguientes aspectos recogidos en la Carta:</p>
<p>1 &#8211; Las/os artistas, como todos los trabajadores, tienen <strong>derecho a poder vivir de su trabajo</strong> (referencia punto 2 &#8220;<a href="http://fcforum.net/es/charter_extended#legal" target="_blank">Demandas legales</a>&#8220;, párrafo B. &#8220;Estímulo de la creatividad y la innovación&#8221;, de la<span> </span><a href="http://fcforum.net/es/charter_extended" target="_blank">Carta</a>);</p>
<p>2 &#8211; La sociedad necesita para su desarrollo de <strong>una red abierta y libre</strong> (referencia punto 2 &#8220;<a href="http://fcforum.net/es/charter_extended#legal" target="_blank">Demandas legales</a>&#8220;, párrafo D &#8220;Acceso a las infraestructuras tecnológicas&#8221;, de la<span> </span><a href="http://fcforum.net/es/charter_extended" target="_blank">Carta</a>);</p>
<p>3 &#8211; El <strong>derecho a cita</strong> y el <strong>derecho a compartir</strong> tienen que ser potenciados, y no limitados, como fundamento de toda posibilidad de información y constitutivo de todo conocimiento (referencia punto 2 &#8220;<a href="http://fcforum.net/es/charter_extended#legal" target="_blank">Demandas legales</a>&#8220;, párrafo A &#8220;Derechos en un contexto digital&#8221;, de la<span> </span><a href="http://fcforum.net/es/charter_extended" target="_blank">Carta</a>);</p>
<p>4 &#8211; La ciudadanía debe poder <strong>disfrutar libremente</strong> de los derechos exclusivos de los bienes públicos que se pagan con su dinero, el dinero público (referencia punto 2 &#8220;<a href="http://fcforum.net/es/charter_extended#legal" target="_blank">Demandas legales</a>&#8220;, párrafo C &#8220;Conocimiento común y dominio público&#8221;, de la<span> </span><a href="http://fcforum.net/es/charter_extended" target="_blank">Carta</a>);</p>
<p>5 -Consideramos necesaria una <strong>reforma en profundidad</strong> del sistema de las entidades de gestión y la abolición del canon digital (referencia punto 2 &#8220;<a href="http://fcforum.net/es/charter_extended#legal" target="_blank">Demandas legales</a>&#8220;, párrafo B. &#8220;Estímulo de la creatividad y la innovación&#8221;, de la<span> </span><a href="http://fcforum.net/es/charter_extended" target="_blank">Carta</a>).</p>
<p>Por todo ello hoy se inicia la campaña<span> </span><a href="http://internetnoseraotratv.net/" target="_blank">INTERNET NO SERA OTRA TELE</a><span> </span>y se llevarán a cabo diversas <strong>acciones ciudadanas</strong> durante todo el periodo de la presidencia española de la UE.</p>
<p>Consideramos particularmente importantes en el calendario de la presidencia de turno española el II Congreso de Economía de la Cultura (29 y 30 de marzo en Barcelona), Reunión Informal de ministros de Cultura (30 y 31 de marzo en Barcelona) y la reunión de ministros de Telecomunicaciones (18 a 20 de abril en Granada).</p>
<p>La Red tiene previsto reunirse con representantes nacionales e internacionales de partidos políticos, representantes de la cultura y legaciones diplomáticas.</p>
<p>Firmado Red SOStenible</p>
<p><a href="http://red-sostenible.net/" target="_blank">http://Red-SOStenible.net</a></p>
<p>La Red Sostenible somos todos. Si quieres adherirte a este texto, cópialo, bloguéalo, difúndelo.</p>
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		<title>Manifiesto &#8220;En defensa de los derechos fundamentales en internet&#8221;</title>
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		<pubDate>Wed, 02 Dec 2009 08:53:20 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que… [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div style="height:33px;" class="really_simple_share robots-nocontent snap_nopreview"><div class="really_simple_share_facebook_like" style="width:100px;">
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		<div style="clear:both;"></div><p style="margin-top: 0.5em; margin-right: 0px; margin-bottom: 0.5em; margin-left: 0px;">Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de <strong>modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet</strong>, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…</p>
<ol>
<li><span style="background-color: #ffffff;"><strong><span id="more-65"></span>Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos</strong>, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.</span></li>
<li><span style="background-color: #ffffff;"><strong>La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial.</strong> Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.</span></li>
<li><span style="background-color: #ffffff;"><strong>La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español</strong>, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.</span></li>
<li><span style="background-color: #ffffff;"><strong>La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural.</strong> Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.</span></li>
<li><span style="background-color: #ffffff;"><strong>Los autores</strong>, como todos los trabajadores, <strong>tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades</strong> asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.</span></li>
<li><span style="background-color: #ffffff;">Consideramos que l<strong>as industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales</strong>, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.</span></li>
<li><span style="background-color: #ffffff;"><strong>Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas</strong> auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.</span></li>
<li><span style="background-color: #ffffff;"><strong>Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España</strong>, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.</span></li>
<li><span style="background-color: #ffffff;"><strong>Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual</strong> orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.</span></li>
<li><span style="background-color: #ffffff;"><strong>En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público</strong> y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia</span></li>
</ol>
<p style="margin-top: 0.5em; margin-right: 0px; margin-bottom: 0.5em; margin-left: 0px;"><em>Este texto se publica multitud de sitios web. Si estás de acuerdo, publícalo también en tu blog.</em></p>
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		<title>Cómo crear una contraseña segura</title>
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		<pubDate>Wed, 25 Nov 2009 10:29:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>marcis</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Crear una contraseña segura y fácil de recordar no es tan difícil. Tan solo hay que seguir unas normas básicas, combinándolas con alguna regla nemotécnica. Veamos el proceso a seguir, en 3 sencillos pasos: 1. Qué es una contraseña segura Aquella que es difícil de &#8220;adivinar&#8221; o de &#8220;reventar&#8221; por parte de un posible atacante. [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div style="height:33px;" class="really_simple_share robots-nocontent snap_nopreview"><div class="really_simple_share_facebook_like" style="width:100px;">
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		<div style="clear:both;"></div><p><img alt="Comprobador de Contraseñas - Password" align="right" src="http://blog.marcis.es/wp-content/uploads/2009/11/comprobadordecontrasenas-password.jpg" width="225" height="174" />Crear una <strong>contraseña segura y fácil de recordar</strong> no es tan difícil. Tan solo hay que seguir unas <a title="Ayude a proteger su información personal con contraseñas seguras" href="http://www.microsoft.com/latam/athome/security/privacy/password.mspx" target="_blank">normas</a> <a title="Crear una contraseña segura y fácil de recordar" href="http://infotek.bitacoras.com/archivos/2005/10/17/crear-una-contrasena-segura-y-facil-de-recordar" target="_blank">básicas</a>, combinándolas con alguna regla <a title="Nemotecnia - Wikipedia, la enciclopedia libre" href="http://es.wikipedia.org/wiki/Nemotecnia" target="_blank">nemotécnica</a>.</p>
<p>Veamos el proceso a seguir, en 3 sencillos pasos:</p>
<p><span id="more-63"></span>
<p><strong>1. Qué es una contraseña segura</strong></p>
<p>Aquella que es difícil de &#8220;adivinar&#8221; o de &#8220;reventar&#8221; por parte de un posible atacante.</p>
<p>La teoría es sencilla. Veamos algunas reglas prácticas:</p>
<ul>
<li><strong>Longitud</strong>: evidentemente, cuanto más largo es un password más seguro es. Puras matemáticas: más caracteres = más combinaciones = menos probabilidades de adivinarlo. Se suele tomar 7 u 8 caracteres como el mínimo aceptable.</li>
<li><strong>Caracteres distintos</strong>: igual que en el caso anterior, cuantas más posibilidades haya más segura será nuestra contraseña. Combina y alterna letras mayúsculas y minúsculas con números, caracteres extraños, espacios en blanco,&#8230; cualquier cosa que admita el sistema en el que vayas a crear tu password. Y procura no usar el mismo caracter dos veces.</li>
<li><strong>Diccionarios</strong>: no uses nunca una palabra que exista, es uno de los métodos de ataque de los hackers. Ni se te ocurra repetir el nombre de usuario, o parte de él, en la contraseña. Tampoco incluyas tu nombre, fecha de nacimiento, DNI o cualquier otro dato que se pueda relacionar fácilmente contigo.</li>
<li><strong>Varias contraseñas</strong>: procura tener 2 ó 3 passwords distintos, incluso con diferentes niveles de fortaleza. Utiliza el más seguro en el entorno más delicado, en lo que a seguridad se refiere (por ejemplo, el banco). En webs poco fiables o con información que no sea importante, utiliza una contraseña distinta. Si alguien la encuentra no tendrá acceso a todas tus cuentas.</li>
<li><strong>Mantenla en secreto</strong>: no la escribas en un <em>post-it</em> debajo del teclado, ni la digas en voz alta, ni te la mandes a ti mismo por correo electrónico (y desconfía de los sitios web que lo hagan),&#8230; Si sólo está en tu cabeza será más difícil que alguien la encuentre.</li>
<li><strong>Cámbiala</strong>: de vez en cuando es recomendable modificar la contraseña que utilizas, sobre todo en los entornos más comprometidos. Si no se te ocurre nada, utiliza <a title="password - Generar contraseñas seguras online de forma automática y gratis" href="http://password.es/" target="_blank">un generador de contraseñas</a>.</li>
</ul>
<p><strong>2. Comprobar la fortaleza de nuestra contraseña</strong></p>
<p>Una vez generada, <strong>asegúrate</strong> de que realmente se trata de una buena contraseña. En función del grado de fortaleza que quieras que tenga, comprueba que no has cometido ningún error al crearla.</p>
<p>Microsoft tiene <a title="Comprobador de contraseñas" href="http://www.microsoft.com/latam/athome/security/privacy/password_checker.mspx" target="_blank">una herramienta</a> que te indica <strong>el nivel de seguridad de tu contraseña</strong>.</p>
<p>Si además quieres una explicación de por qué tu password es más o menos seguro, utiliza <a title="Comprobador de seguridad de una contraseña - Password Strength Checker" href="http://password.es/comprobador/" target="_blank">este otro comprobador</a> que afina mejor <strong>el grado de complejidad de la contraseña</strong> y te indica sus puntos fuertes y débiles.</p>
<p><strong>3. Cómo recordar la contraseña</strong></p>
<p>Tan importante como tener un password seguro es <strong>ser capaz de recordarlo</strong>. Si no puedes acceder a la cuenta, será inútil.</p>
<p>Ahí van algunos consejos para <strong>recordar tu contraseña sin comprometerla</strong>:</p>
<ul>
<li><strong>Palabras familiares</strong>: comienza pensando en alguna palabra que te sea fácil de recordar y de asociar con tu contraseña, sin caer en los errores que hemos comentado antes, y modifícala aplicando las reglas del punto 1. Por ejemplo: &#8220;marcis&#8221; puede convertirse en &#8220;M4rC1s&#8221;. Recuerda: <u>¡¡no utilices palabras que existan ni tu nombre de usuario!!</u></li>
<li><strong>Frases comunes</strong>: también puedes usar una frase corta o una más larga seleccionando la primera letra de cada palabra. Por ejemplo: &#8220;Quiero crear una contraseña más segura&#8221; =&gt; &#8220;Qc1KmS&#8221;</li>
<li><strong>Combina caracteres</strong>: complica la contraseña con caracteres &#8220;extraños&#8221; que asocies con los que ya existen. Por ejemplo, podemos añadir un signo de puntuación en una posición determinada del password o una admiración junto al número 1 o la letra &#8220;i&#8221;: &#8220;M4rC1s&#8221; =&gt; &#8220;M4r.C1!s&#8221;. Si se trata de una cuenta en una página web, puedes pensar en caracteres como la arroba (@) o la barra (/): &#8220;Qc1KmS&#8221; =&gt; &#8220;Qc/1K+S@&#8221; (la m significaba &#8220;más&#8221;).</li>
<li><strong>Pruébala y repítela</strong>: nada más establecer tu nueva contraseña, pruébala para comprobar que la recuerdas bien. Si es posible, tecléala varias veces para <strong>memorizarla</strong> tanto mentalmente como por el movimiento de tus dedos en el teclado.</li>
</ul>
<p>Vía <a title="Cómo comprobar la fortaleza de una contraseña" href="http://camyna.com/2009/11/24/como-comprobar-la-fortaleza-de-una-contrasena/" target="_blank">Camyna</a></p>
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